Distintas ayudas económicas en proyectos de Retorno
Billetes de retorno
Se refiere a la suma de los billetes de tren o autobús (dentro de España) y avión hasta su país de orígen.
Ayuda económica primera instalación
Se refiere a los 400€/persona (máximo 1600€/unidad familiar) entregados obligatoriamente en el retorno F.R. y R.G. para facilitar la instalación en el país de origen.
Dinero de bolsillo
Se refiere a los 50€/persona (máximo 400€/unidad familiar) que debemos entregar a los beneficiarios/as de retorno F.R. y R.G para facilitar la manutención durante el transcurso del viaje desde su lugar de residencia hasta el punto de salida.
Gastos de transporte
Podrá aumentarse la ayuda de viaje hasta 100€/persona (máximo 600€/unidad familiar) para cubrir el transporte desde la localidad de llegada al destino final en el país de origen.
Gastos imprevistos
Gastos de medicamentos u otros debidamente justificados por el solicitante e informados positivamente por cada centro.
Gastos de acompañamiento
Pago de los gastos de acompañamiento necesario del solicitante de retorno o familiar debido a enfermedad grave, discapacidad u otra circunstancia invalidante, que deberá justificar adecuadamente mediante informe sanitario y/o social y que la entidad deberá valorar en informe escrito.